¿Cómo prestar el servicio de traducción jurada y qué tiene que saber el cliente final?

En líneas generales, los traductores autónomos empezamos nuestra jornada de trabajo vigilantes, atentos y a la expectativa de la entrada de ese proyecto que el cliente tenga a bien encargarnos.

La llegada de un nuevo encargo siempre es emocionante porque cada uno de ellos plantea distintos retos, divertidos e interesantes algunos, y unos auténticos rompecabezas otros. En mi caso, la ilusión por un nuevo reto toca techo cuando recibo un encargo de un cliente particular (que suelen demandar servicios de traducción jurada) porque así tengo la ocasión de tratar directamente con la persona a la que voy a ayudar en su proceso comunicativo.

Así pues, en las siguientes líneas voy a contaros algunas cuestiones que me parecen imprescindibles a la hora de prestar el servicio de traducción jurada y qué tiene que saber el cliente final sobre el proceso para cooperar con el traductor y que este lo pueda gestionar con éxito. De esta manera, el documento cumplirá convenientemente su función y el cliente querrá repetir solicitando nuevos servicios en el futuro.

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FASE PRELIMINAR

1. Uso y entidad

Lo primero que deberíamos hacer es preguntar al cliente qué uso se le va a dar al documento y ante qué entidad se va a presentar.

Esta información podría resultar obvia o darse por sentado, pero si obtenemos estos datos del cliente nos puede ayudar a tomar decisiones de traducción adecuadas y recurrir a las estrategias de traducción que más nos convengan en cada caso.  

Las decisiones de traducción pueden variar en función de si el documento va destinado a un funcionario de un registro o a un juez, por ejemplo, y esto no quiere decir que pervirtamos el contenido de nuestro documento original dependiendo del lector, sino que, como sabemos, conocer a nuestro destinatario nos ayuda a ponernos en su piel. A efectos prácticos, esto se traduciría —nunca mejor dicho— en extendernos en mayor o menor medida, por ejemplo, en las intervenciones extratextuales del traductor jurado.

2. ¿Traducción completa o parcial del original?

En numerosas ocasiones, el cliente nos puede solicitar la traducción parcial del documento original que nos entrega. Esto puede deberse a que esté buscando algún tipo de ahorro, a que parte del texto esté traducido ya en otro encargo anterior o, simplemente, a que el texto en cuestión que solicita omitir no es relevante para sus propósitos.

Siempre surgen cuestiones entre los traductores jurados de si se puede omitir una parte de un documento original en la traducción, ya que la certificación de la traducción jurada reza que es “traducción fiel y completa del documento presentado”. No obstante, no hay que tener miedo en valorar la petición del cliente en cada caso y omitir la sección correspondiente, si procede, siempre y cuando, eso sí, indiquemos en nuestra certificación que hay una parte del original que se ha omitido por las razones que sean.

3. Variante geográfica

Cuando se hacen traducciones juradas inversas que, en mi caso, son habituales para documentos académicos como certificados de títulos o notas o documentos empresariales como escrituras de constitución o estatutos sociales, nos va a ser de gran ayuda preguntarle al cliente en qué país se va a usar la traducción jurada.

De esta forma, podremos adaptar nuestras soluciones de traducción a la realidad en la que se va a insertar nuestro documento (por ejemplo, “estatutos sociales” = “articles of association” en Reino Unido o “bylaws” en Estados Unidos), y también a los usos ortográficos o estilísticos de la cultura de habla inglesa de destino (“legalise/legalize”, “labour/labor”, etc., del inglés británico o el inglés americano respectivamente).

FASE “TRADUCTORIL”

4. Estrategias de traducción

Existe una pléyade de estrategias de traducción que cada profesional pondrá en valor para solventar los principales retos y problemas de traducción que cada documento concreto presente.

En este caso, quería llamar la atención sobre la solución de traducción que aplico a términos como a las denominaciones de las titulaciones o las leyes.

Generalmente, para este tipo de problema de traducción que suele estar muy vinculado o circunscrito a la cultura de la lengua de origen, suelo optar por dejar la denominación en inglés en letra cursiva y aportar una traducción explicativa entre corchetes, ya que no son realidades 100 % extrapolables:

  • The Companies Act” [Ley de Sociedades británica];
  • Undergraduate Degree in Business Administration” [Grado en Administración de Empresas].

Considero que esta estrategia puede ser adecuada en estos casos para abordar esta falta de equivalencia cultural entre un término y otro. ¡Cuidado porque habrá que explicárselo al cliente convenientemente en caso de que haya alguna objeción! Y esta reflexión me sirve para enlazar con la última cuestión que hay que valorar en un encargo de traducción jurada.

FASE DE EVALUACIÓN (por parte del cliente)

5. Aportaciones del cliente

Este punto puede convertirse en una cuestión peliaguda… puede darse el caso de que algunos clientes hagan aportaciones de buena fe sobre algunas de las decisiones de traducción que ha tomado el profesional. ¿Hay que atender todas las peticiones de cambios? ¿Cómo transmitirle al cliente que la opción escogida es válida y la propuesta no tanto?

En este caso, va a depender mucho del tipo de aportación que haga: si es lógica, si se adapta al contexto o si es una mejora, ¡claro que se pueden atender dichas aportaciones!

En caso contrario, habría que trasladarle al cliente que su aportación no encaja con las características del documento o del lector meta: si logramos hacerle entender esta cuestión, ¡estaremos en el buen camino!

Hasta aquí mi pequeña aportación a la prestación del servicio de traducción jurada a un cliente particular que puede ser de utilidad tanto para los profesionales de la traducción como para los clientes potenciales.

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